Políticas de Malvern

Política de reclamaciones


Versión 1.1
Aprobado el: 19 de mayo de 2026
Aprobado por: CCO
Próxima fecha de revisión: Mayo de 2027
Nota: Se anticipa que en el próximo año académico esto será redundante y las políticas de MHEP tendrán precedencia, en línea con otras disposiciones de educación superior (HE).

1. 1. Objeto y ámbito de aplicación

Este documento contiene el Procedimiento de Quejas de Estudiantes. 

El alcance de los procedimientos se limita a las quejas relativas a la experiencia de los estudiantes en la Escuela, incluyendo los servicios e instalaciones proporcionados por la Escuela o cualquier servicio de apoyo, como el alojamiento residencial.

2. Definiciones

  • queja es una expresión de insatisfacción sobre los servicios, la enseñanza, las instalaciones o la conducta del personal u otros estudiantes. 
  • Un preocupación informal es un asunto planteado verbalmente o por escrito que puede resolverse razonablemente sin iniciar el procedimiento formal de quejas. 
  • queja vexatoria o frívola es aquella que se realiza sin motivos razonables, es repetitiva o tiene como objetivo causar angustia en lugar de buscar una resolución genuina.La Escuela se reserva el derecho de rechazar el avance de tales quejas y notificará al estudiante por escrito con las razones. 

3. Principios

3.1 Los estudiantes pueden solicitar información, asesoramiento y ayuda para presentar una queja a quien deseen. En cualquier etapa, el estudiante tiene derecho a ser acompañado o representado por otra persona, incluido otro estudiante, un miembro de la familia u otra persona de confianza, que podrá hablar en su nombre si así lo requiere. 

3.2 Malvern House agradece los comentarios y sugerencias de los estudiantes sobre cómo la Escuela podría mejorar su eficacia y/o su servicio. Se anima a los estudiantes a dar sus sugerencias a través del representante estudiantil de su clase. 

3.3 La Escuela reconoce que, de vez en cuando, los alumnos pueden tener quejas sobre las instalaciones de la Escuela o los servicios que reciben de su personal. 

3.4 Estos procedimientos tienen como objetivo proporcionar un medio sencillo y comprensible para que los estudiantes puedan plantear comentarios, sugerencias y quejas al personal apropiado. 

3.5 La Escuela se asegurará de que presentar una queja, comentario o sugerencia no resulte en ninguna desventaja o trato negativo para el estudiante. Malvern House se compromete a garantizar que todos los estudiantes sean tratados de manera justa y sin prejuicios durante todo este proceso. 

3.6 La Escuela mantendrá la confidencialidad de los comentarios, sugerencias y quejas en la medida de lo posible. Sin embargo, normalmente se informará al miembro del personal o área de servicio pertinente de que se ha presentado una queja y de que se está investigando. Esto no perjudica los procedimientos existentes para tratar asuntos disciplinarios del personal. 

3.7 Malvern House se compromete a garantizar que todos los estudiantes puedan acceder y participar en el proceso de reclamaciones en igualdad de condiciones. La Escuela reconoce que algunos estudiantes pueden enfrentar barreras debido a discapacidades, dificultades de aprendizaje, afecciones de salud mental, idioma u otras circunstancias individuales. Se proporcionarán ajustes razonables durante todo el proceso cuando sean necesarios y podrán incluir formatos alternativos para presentar reclamaciones, apoyo durante las reuniones, opciones de reuniones accesibles o virtuales, plazos ampliados cuando estén justificados y orientación adicional. Se anima a los estudiantes a informar al equipo de Servicios para Estudiantes lo antes posible si requieren ajustes. Las solicitudes se gestionarán de forma confidencial y sin prejuicios, de acuerdo con las obligaciones de la Escuela en virtud de la Ley de Igualdad de 2010. 

4. Procedimiento de reclamación

4.1 Etapa informal

Se espera que muchos problemas se resuelvan de manera informal, en un espíritu de conciliación, sin necesidad de recurrir a un procedimiento formal. Un estudiante que no esté satisfecho con el servicio recibido debe intentar resolver el asunto con su tutor, el Director de Estudios o el Director de la Escuela. En muchos casos, esa persona es la que mejor puede responder a la queja. 

El miembro del personal que reciba la inquietud debe escuchar atentamente, establecer los hechos relevantes y tomar notas breves para fines de seguimiento. Los estudiantes pueden esperar una respuesta por escrito a su inquietud informal dentro de 10 días laborables. 

Cuando la resolución informal no sea posible, o cuando el asunto sea demasiado serio o sensible para ser manejado informalmente, el estudiante podrá proceder directamente al procedimiento formal de quejas. Un estudiante deberá utilizar el procedimiento formal si considera que la queja es demasiado seria para ser tratada informalmente, o si no está satisfecho con el resultado de las discusiones informales. 

4.2   Etapa formal

Si el alumno desea presentar una queja formal en virtud de estos procedimientos, deberá plantearla al Director de la Escuela en el plazo de un mes a partir del hecho en cuestión. 

Las quejas por escrito relacionadas con el Director del Colegio deben enviarse directamente al Director por correo electrónico, o completarse en el formulario de quejas de Malvern House, disponible en el equipo de Servicios para Estudiantes ubicado en el mostrador de recepción de Malvern House. 

El Director acusará recibo de la queja formal dentro de 5 días hábiles del recibo. 

El Director responderá normalmente en persona al estudiante dentro de cinco días hábiles a partir del acuse de recibo. Si el Director considera que la queja requiere una mayor investigación, explicará al estudiante cómo se tramitará la queja. La queja se investigará a fondo, incluida la invitación al estudiante para discutir la queja en persona y el estudiante normalmente recibirá una respuesta escrita completa dentro de diez días laborables de la aceptación de la queja. Esta respuesta expondrá los hallazgos, la decisión y las razones de la misma, y confirmará cualquier acción que deba tomarse. 

Si el estudiante está satisfecho con la respuesta y no desea continuar con la queja, la información obtenida de la queja se utilizará para mejorar el servicio proporcionado por la Escuela.

4.3    Apelaciones

Si la queja no se resuelve dentro de los diez días hábiles, o si el resultado no es satisfactorio para el estudiante, el estudiante debe remitir la queja a los Directores de la Escuela a través del equipo de Servicios al Estudiante. 

Los Directores del Colegio investigarán la queja de forma normal, incluyendo una invitación para que el alumno discuta la queja en persona, ya sea con ellos mismos o con una persona que hayan nominado, y el alumno normalmente recibirá una respuesta por escrito dentro de los diez días hábiles. 

Si el estudiante está satisfecho con la respuesta y no desea continuar con la queja, la información obtenida de la queja se utilizará para mejorar el servicio proporcionado por la Escuela.

4.3.1 Composición del Comité de Quejas

Ningún miembro del Comité de Quejas habrá tenido ninguna conexión previa con el caso. El Comité de Quejas estará compuesto por: 

  • El demandante 
  • Un miembro de la Junta Directiva, o el Director/Directora de la Escuela o Jefe/Jefa de Estudios, o el Gerente de Recursos Humanos (según corresponda) 
  • Un Administrador Escolar del equipo de Servicios Estudiantiles 
  • Un representante de los estudiantes 
  • Un profesor 

4.3.2 Mandato para apelaciones

El mandato de la Comisión de Quejas será: 

  1. i) Considerar la queja de un estudiante con respecto a su experiencia en la Escuela, incluidos los servicios e instalaciones proporcionados por la Escuela o cualquier departamento de apoyo. 
  2. ii) Comunicar sus decisiones al Consejo de Administración y a los Representantes de los Estudiantes, cuando corresponda.

4.4 Apelaciones finales

Si el estudiante no está satisfecho con el resultado de la etapa de apelación, se le anima a ponerse en contacto con los organismos de acreditación y regulación de la Escuela: 

Los estudiantes matriculados en programas de itinerarios de educación superior también pueden ponerse en contacto con la Oficina del Defensor Independiente de la Educación Superior (OIA), siempre que su reclamación cumpla los criterios de elegibilidad de la OIA: 

La Oficina del Adjudicador Independiente para la Educación Superior (OIA): OIA House, Douro Place, Windsor, Berkshire SL4 1QB. Sitio web: www.oiahe.org.uk 

La Inspección Independiente de Escuelas: CAP House, 9-12 Long Lane, Londres EC1A 9HA 

El British Council: British Council Customer Service UK, Bridgewater House, 58 Whitworth Street, Manchester, M1 6BB 

5. Mantenimiento de registros y monitoreo

La Escuela mantendrá un registro seguro de todas las quejas recibidas, que incluirá: 

  • La naturaleza de la queja y la etapa en la que se resolvió 
  • Períodos de tiempo en cada etapa 
  • Resultados alcanzados y acciones tomadas 

Los registros serán revisados trimestralmente por el Director del Colegio y los gerentes pertinentes. Se preparará un resumen anual para la Junta Directiva, identificando temas, tendencias y cualquier mejora recomendada en la política o práctica. Los registros de quejas se conservarán de acuerdo con la Política de Protección de Datos del Colegio. 

Apéndice I

Protocolo para las reuniones de una Comisión de Reclamaciones

  1. El Presidente confirmará a las partes la naturaleza de la reclamación. 
  2. El Presidente pedirá al estudiante afectado (o representante) que exponga su caso en apoyo de la queja, y que presente a cualquier testigo en apoyo. 
  3. El Comité podrá hacer preguntas, a través de la Presidencia, al estudiante y/o representante y/o a sus testigos en cualquier momento. 
  4. La Presidencia pedirá a la persona contra la que se ha presentado la queja que responda a la misma y que presente a cualquier testigo en apoyo de su respuesta. 
  5. El Comité podrá hacer preguntas, a través de la Presidencia, a la persona contra la que se haya presentado la reclamación y a su(s) testigo(s) en cualquier momento. 
  6. El Presidente pedirá al estudiante (o representante) que presenta la queja que resuma su caso. 
  7. La Presidencia pedirá a la persona contra la que se haya presentado la queja que resuma su caso. 
  8. Se pedirá a las partes que abandonen la reunión y el Comité considerará la evidencia escuchada. El Comité podrá, en esta etapa, optar por aplazar la audiencia a una fecha posterior para obtener evidencia o asesoramiento adicional. En tal caso, se invitará a todas las partes a asistir a la reunión reprogramada. 
  9. La Presidencia anunciará la decisión del Comité, ya sea convocando a las partes o por escrito. El resultado de la audiencia se confirmará por escrito.